Guillermo Lora

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junio 09, 2020

EL D.S. 4260 BUSCA DESTRUIR LA EDUCACIÓN PRESENCIAL PARA AHORRAR PLATA Y CONGELAR EL MISERABLE PRESUPUESTO EDUCATIVO


Federación Departamental de Trabajadores de Educación Urbana de Cochabamba

El Estado, como respuesta burguesa a las crisis económicas estructurales del capitalismo, invariablemente descarga sus consecuencias sobre las espaldas de los trabajadores y de las mayorías empobrecidas del país para poner a buen recaudo los intereses de la clase dominante y de las transnacionales imperialistas. En la crisis de la década del 90 del siglo pasado,  destruyó las conquista sociales y económicas de los trabajadores aplicando una dura flexibilización laboral dejándolos inermes  sin protección alguna, destruyó el sistema de seguridad social imponiendo la maldita capitalización individual en el régimen de rentas y, en materia educativa, promulgó la Ley1565 buscando la privatización de sectores importantes de la educación por la vía de la municipalización, atentó contra las conquistas fundamentales del magisterio y de la educación, todo con la finalidad de reducir los gastos del Estado.
Ahora, cuando estamos en una nueva crisis del sistema, mucho más profunda que la anterior y profundizada por la pandemia del COVID -19, amenaza en el horizonte el fantasma de la desocupación, la miseria y el hambre para las mayorías pobres de este país. Según los pronósticos de las organizaciones financieras internacionales, la miseria se agravará condenando a más 100 millones de personas del continente a la pobreza extrema.

El gobierno derechista de Añez está tomando las medidas necesarias para reducir el costo educativo destruyendo las conquistas fundamentales de la educación boliviana y del magisterio.  Ha sorprendido, justamente en el día del maestro, con la promulgue el D.S. 4260, pretendiendo reeditar aquella política llamada “neoliberal” de fines del siglo pasado. Se trata de una norma educativa, no para el período de la crisis sanitaria que será cuestión de meses, sino de un acomodo a la actual crisis económica estructural y su duración será de años.

El mentado Decreto Supremo, en su Art. 1, plantea como como su objeto “…normar la complementariedad de las modalidades de atención presencial, a distancia, virtual y semipresencial en los Subsistemas de Educación Regular, Educación Alternativa y Especial y Educación Superior de Formación Profesional…” Estas cuatro modalidades de atención siempre han existido, sólo que la educación presencial ocupa el 90 % del espacio educativo y absorbe casi todo el presupuesto de la educación en sueldos y otras necesidades.  Las modalidades de la educación a distancia, virtual y semipresencial han sido muy marginales y casi sin ningún costo para el Ministerio de Educación porque han dependido de instituciones privadas, sindicales y de la Iglesia.

El Decreto introduce dos criterios; nivela en jerarquía todas esas modalidades de educación y establece una relación ente ellas (complementariedad). ¿Qué finalidad tiene esta maniobra? En el camino irá reduciendo el volumen de la educación presencial a su mínima expresión y, en proporción directa, potenciando las otras modalidades, de tal modo que el costo educativo disminuya sustancialmente. Así el gobierno dejará de preocuparse de construir más locales escolares, de equiparlos, de pagar el agua, la energía eléctrica, etc. Esta intención se confirma en el parágrafo II del Art. 7 (elección y decisión de la complementariedad de modalidades), que dice: “La decisión sobre la complementariedad de modalidades se basa en los diseños curriculares y debe justificarse en riesgos o eventos climáticos, sociales, sanitarios u otros, que pongan en situación de inseguridad a los estudiantes.”

De lo anterior es fácil colegir que, como Bolivia en un país de permanentes riesgos de naturaleza social, económica o climática, que provocan permanentes suspensiones de clases por riesgo para los alumnos, preferentemente se exigirá diseños curriculares para las modalidades virtual o a distancia.

A este criterio obedece que el Decreto, en su Art. 5, presente una reglamentación detallada para la educación virtual. Señala: “para el desarrollo de la modalidad virtual, las instituciones educativas deben contar con una plataforma educativa que cumpla mínimamente los siguientes aspectos:
“a) Arquitectura y entorno virtual: …
“b) áreas y sub áreas…, de información, de planificación educativa, de comunicación.”
También Este decreto supremo liquida el principio de la educación única, dirigida y financiada por el Estado. En el Art. 6 (propuestas curriculares) en su parágrafo I señala: “Las instituciones educativas…deben presentar a las instancias correspondientes su propuesta curricular en las modalidades señalas…”
Más claro no puede ser, el Ministerio de Educación no publica una propuesta curricular a nivel nacional, para todas las unidades educativas del país como expresión de una política educativa nacional que exprese los objetivos económicos, sociales y políticos del país; que señale el tipo de educación que se pretenden implantar, etc. Esta tarea las transfiere a las unidades educativas condenando a la educación al caos. Reflota amenazante la idea de la total liberalización de la enseñanza donde la educación privada, de convenio y la fiscal hagan lo que quieran. Esta es una manera de destruir todo lo que se ha hecho hasta ahora, la escuela única, científica y gratuita ha sido echada al canasto de los papeles inservibles.

Otra de las ideas que rebrota nítidamente en este documento es su marcada tendencia a la privatización de la enseñanza, El hecho de que el documento exija a las unidades educativas tener sus propias plataformas educativas obliga a que los maestros y los padres de familia paguen su costo y funcionamiento, al mismo tiempo, éstos últimos, deben financiar el pago del servicio de internet y cubrir los gastos de adquisición de computadoras o celulares inteligentes; de este modo, el costo educativo se carga al padre de familia perdiendo la educación boliviana su calidad de gratuita íntegramente financiada por el Estado.

Para concluir, en su disposición final señala: “La implementación del presente Decreto Supremo no implicará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación.” Para el buen entendedor, se congela el miserable presupuesto educativo.

Los maestros bolivianos hemos derrotado a la neoliberal 1565 defendiendo nuestras conquistas educativas, sociales y económicas; hemos derrotado en el debate teórico a la retrógrada 070. Corresponde que conformemos una sólida organización unitaria, junto a los padres de familia y el pueblo todo, para volver a derrotar al retorno neoliberal con el Decreto Supremo 4260.

Cochabamba, 9 de junio de 2020.

Debate ideológico: POR 10, PCB 0

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